Saltar al contenido
Sobre Política

Autónomos

Cuota de autónomos en 2026: tabla y calculadora

Los autónomos pagan según lo que ganan: en 2026, entre 205,88 € y 607,35 € al mes con la base mínima de cada tramo, que es el 31,50 % de esa base. Pon tus rendimientos netos, o tus ingresos y tus gastos, y verás tu tramo y tu cuota.

Por Francisco Peinado RuizRevisado el Cómo comprobamos cada dato

¿Cuánto pago de autónomos en 2026?

Tus rendimientos netos

Lo que prevés ganar con tu actividad, al mes de media: de eso depende tu tramo.

Ya con la deducción del 7 % por gastos genéricos. Si tienes pérdidas, pon 0.

€

Si lo dejas vacío, hacemos la cuenta con la base mínima de tu tramo.

€

Tu cuota

Pon tus rendimientos netos

Tabla y tipos de la orden de cotización de 2026 (31,5 % en total, con todas las contingencias). No recoge la cuota reducida de quien empieza, la venta ambulante, el sistema agrario ni las bonificaciones. Lo que escribes no se envía ni se guarda.

En esta página
  1. Tabla de cuotas de autónomos en 2026
  2. Se paga según lo que se gana
  3. Cómo se calculan los rendimientos netos
  4. De qué se compone la cuota
  5. La regularización: lo que se paga durante el año es provisional
  6. Cuota reducida para quien empieza
  7. Preguntas frecuentes

Tabla de cuotas de autónomos en 2026

La orden de cotización del año fija «la tabla general y la tabla reducida y las bases máximas y mínimas aplicables a los diferentes tramos de rendimientos netos». La cuota es el 31,50 % de la base que se elija dentro del tramo: estas son las cuotas que salen con la base mínima y con la máxima de cada uno.

Tramos de rendimientos netos, bases y cuotas mensuales de los autónomos en 2026
TramoRendimientos netos al mesBase mínimaCuota mínimaBase máximaCuota máxima
Reducida 1Hasta 670 €653,59 €205,88 €718,94 €226,47 €
Reducida 2Más de 670 € y hasta 900 €718,95 €226,47 €900 €283,50 €
Reducida 3Más de 900 € y menos de 1.166,70 €849,67 €267,66 €1.166,70 €367,52 €
General 1Desde 1.166,70 € y hasta 1.300 €950,98 €299,56 €1.300 €409,50 €
General 2Más de 1.300 € y hasta 1.500 €960,78 €302,65 €1.500 €472,50 €
General 3Más de 1.500 € y hasta 1.700 €960,78 €302,65 €1.700 €535,50 €
General 4Más de 1.700 € y hasta 1.850 €1.143,79 €360,28 €1.850 €582,75 €
General 5Más de 1.850 € y hasta 2.030 €1.209,15 €380,88 €2.030 €639,45 €
General 6Más de 2.030 € y hasta 2.330 €1.274,51 €401,47 €2.330 €733,95 €
General 7Más de 2.330 € y hasta 2.760 €1.356,21 €427,22 €2.760 €869,40 €
General 8Más de 2.760 € y hasta 3.190 €1.437,91 €452,94 €3.190 €1.004,85 €
General 9Más de 3.190 € y hasta 3.620 €1.519,61 €478,68 €3.620 €1.140,30 €
General 10Más de 3.620 € y hasta 4.050 €1.601,31 €504,41 €4.050 €1.275,75 €
General 11Más de 4.050 € y hasta 6.000 €1.732,03 €545,59 €5.101,20 €1.606,88 €
General 12Más de 6.000 €1.928,10 €607,35 €5.101,20 €1.606,88 €

Gane lo que gane, nadie cotiza por más de un tope: «la base máxima de cotización será de 5.101,20 euros mensuales», que da una cuota de 1.606,88 € al mes.

Se paga según lo que se gana

Desde 2023 los autónomos «cotizarán en función de los rendimientos anuales obtenidos en el ejercicio de sus actividades económicas, empresariales o profesionales». Como el año aún no ha terminado cuando se paga, cada uno hace una previsión: los autónomos «deberán elegir la base de cotización mensual que corresponda en función de su previsión del promedio mensual de sus rendimientos netos anuales». Quien prevé ganar menos que el primer tramo de la tabla general, 1.166,70 € al mes, usa la tabla reducida.

Cómo se calculan los rendimientos netos

No son los ingresos, ni exactamente el beneficio que se declara en el IRPF. Para quien tributa en estimación directa, «el rendimiento computable será el rendimiento neto, incrementado en el importe de las cuotas de la Seguridad Social y aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad»: es decir, ingresos menos gastos, sin restar la cuota de autónomos. A esa cifra se le aplica «una deducción por gastos genéricos del 7 por ciento», que es del 3 % para los autónomos societarios.

Un ejemplo: con 30.000 € de ingresos y 6.000 € de gastos al año quedan 24.000 €; menos el 7 %, 22.320 €, que son 1.860 € al mes. Es el tramo 5 de la tabla general: base de entre 1.209,15 € y 2.030 €, y cuota de entre 380,88 € y 639,45 € al mes.

De qué se compone la cuota

La cuota es la suma de cinco tipos que se aplican a la base:

  • Contingencias comunes: «Para las contingencias comunes, el 28,30 por ciento».
  • Contingencias profesionales: «el 1,30 por ciento, del que el 0,66 por ciento corresponde a la contingencia de incapacidad temporal y el 0,64 por ciento, a las de incapacidad permanente y muerte y supervivencia».
  • Cese de actividad, el paro de los autónomos: el 0,90 %.
  • Formación profesional: el tipo «será del 0,10 por ciento».
  • Mecanismo de equidad intergeneracional: «se aplicará el tipo del 0,90 por ciento sobre la base de cotización de contingencias comunes a cargo de la persona trabajadora autónoma».

En total, el 31,50 %. Un asalariado paga de su bolsillo mucho menos porque la mayor parte de su cotización la pone la empresa: está explicado en la calculadora del sueldo neto.

La regularización: lo que se paga durante el año es provisional

Las bases elegidas «tendrán carácter provisional». Al año siguiente, cuando Hacienda comunica los rendimientos reales, la Seguridad Social compara lo cotizado con el tramo que de verdad correspondía:

  • Si se cotizó de menos, por debajo de la base mínima del tramo real, «el trabajador por cuenta propia deberá ingresar la diferencia entre ambas cotizaciones», sin recargo ni intereses si paga antes de que acabe el mes siguiente al de la notificación.
  • Si se cotizó de más, por encima de la base máxima del tramo real, «la Tesorería General de la Seguridad Social procederá a devolver de oficio la diferencia entre ambas cotizaciones».
  • Si la base elegida cabe en el tramo real, entre su mínima y su máxima, no se toca nada.

Por ejemplo: quien pagó todo el año la cuota mínima del tramo 5, 380,88 € al mes, y acabó ganando 2.900 € netos al mes, estaba en realidad en el tramo 8, con una cuota mínima de 452,94 €. Tendría que ingresar la diferencia de los doce meses: 864,72 €.

Para evitarlo, la ley manda ir corrigiendo: los autónomos «deberán cambiar su base de cotización, en los términos que se determinen reglamentariamente, a fin de ajustar su cotización anual a las previsiones que vayan teniendo de sus rendimientos netos anuales». La Seguridad Social admite un cambio cada dos meses, hasta seis al año.

Cuota reducida para quien empieza

Los autónomos «que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores» no pagan según la tabla al principio. Tienen «una cuota reducida por contingencias comunes y profesionales, a contar desde la fecha de efectos del alta y durante los doce meses naturales completos siguientes», que puede alargarse otros doce meses si los rendimientos del año «sean inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a este período», 17.094 € en 2026. Hay que pedirla al darse de alta: «deberá ser solicitada por los trabajadores en el momento de su alta».

Para los años 2023 a 2025 la cuantía se fijó por ley: «será de 80 euros mensuales». Y la misma norma añade: «A partir del año 2026, el importe de dichas cuotas será fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio». Como los presupuestos vigentes siguen siendo los de 2023, conviene confirmar el importe con la Seguridad Social antes de darse de alta.

Otras cuentas del trabajo: el salario mínimo, el sueldo medio en España y, para saber a qué edad llega la pensión, la calculadora de la edad de jubilación.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de autónomos en 2026?

Depende de lo que se gana. Con la base mínima de cada tramo, la cuota va de 205,88 € al mes, con rendimientos netos de hasta 670 €, a 607,35 € con más de 6.000 €. Quien elige la base máxima paga 1.606,88 €.

¿Qué porcentaje de la base se paga?

El 31,50 %: 28,30 % por contingencias comunes, 1,30 % por contingencias profesionales, 0,90 % por cese de actividad, 0,10 % por formación profesional y 0,90 % del mecanismo de equidad intergeneracional.

¿Cómo se calculan los rendimientos netos de un autónomo?

Son los ingresos menos los gastos deducibles, sin contar entre los gastos la propia cuota de autónomos, y a eso se le resta un 7 % por gastos genéricos (un 3 % si se es autónomo societario). El resultado del año se divide entre doce.

¿Qué pasa si gano más de lo que había previsto?

La Seguridad Social regulariza cuando Hacienda le comunica los rendimientos del año. Si lo cotizado queda por debajo de la cuota mínima del tramo que de verdad correspondía, hay que pagar la diferencia, sin recargo ni intereses si se hace en plazo.

¿Y si gano menos?

Si lo cotizado supera la cuota de la base máxima del tramo real, la Tesorería General de la Seguridad Social devuelve la diferencia de oficio. Si la base elegida está entre la mínima y la máxima de ese tramo, no hay regularización.

¿Puedo cambiar de base durante el año?

Sí. La ley obliga a ajustar la base a la previsión de rendimientos, y la Seguridad Social permite pedir el cambio cada dos meses, hasta seis veces al año.

¿Cuánto es la tarifa plana de autónomos en 2026?

La ley fijó la cuota reducida en 80 € al mes para los años 2023 a 2025 y dejó la de los años siguientes a la ley de presupuestos. Se aplica durante los 12 primeros meses, prorrogables otros 12 con rendimientos inferiores al salario mínimo. Conviene confirmar el importe con la Seguridad Social al darse de alta.

¿Qué es la tabla reducida?

La que se aplica a quien gana poco: con rendimientos netos de menos de 1.166,70 € al mes. Tiene tres tramos, con cuotas mínimas de 205,88 €, 226,47 € y 267,66 € al mes.

Fuentes: artículos 18 y 37 de la Orden PJC/297/2026, de cotización a la Seguridad Social; artículo 308 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; artículo 38 ter de la Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo; disposición transitoria quinta del Real Decreto-ley 13/2022; y, sobre los cambios de base, la Seguridad Social. Última actualización: 11 de octubre de 2026.