Elecciones del 29 de noviembre
¿Cuánto dinero recibe un partido por tu voto?
El Estado paga a las candidaturas 21.167,64 € por cada escaño y 0,81 € por cada voto al Congreso, pero solo si logran algún diputado en la provincia. Elige la tuya y verás lo que mueve tu voto y cuánto dinero público se reparte.
Por Francisco Peinado RuizRevisado el Cómo comprobamos cada dato
Tu voto, en euros
Tu voto mueve hasta
1,77 €
0,81 € si la candidatura que votas al Congreso logra algún diputado en Madrid, y 0,32 € por cada uno de los tres candidatos al Senado que puedes votar, si sale elegido.
Si tu candidatura no logra escaño en la provincia, tu voto no le da subvención.
El dinero público que se reparte en Madrid
Por los escaños889.040,88 €
21.167,64 € por cada uno: se eligen 38 diputados y 4 senadores.
Por los votos al Congreso, si se repitieran los de 20232.860.698,06 €
3.531.726 votos fueron a candidaturas con diputado. Otros 47.987, el 1,3 %, fueron a candidaturas sin diputado aquí y no darían nada.
Por enviar propaganda a casa, a cada candidatura con derecho1.439.597,38 €
0,26 € por cada uno de los 5.536.913 electores, si la candidatura logra grupo parlamentario propio.
Compartir el dato
Tamaño de historia de Instagram, TikTok o WhatsApp. Se crea en tu dispositivo.
Son máximos: ninguna candidatura cobra más de lo que gasta y justifica ante el Tribunal de Cuentas. Los votos de 2023 solo sirven de ejemplo; no son una previsión. La provincia que eliges no se envía ni se guarda.
En esta página
- Lo que paga el Estado: escaños, votos y propaganda
- Tu voto solo cuenta si la candidatura logra escaño
- El envío de propaganda: 0,26 € por elector
- El tope: nunca más de lo gastado
- De dónde más puede salir el dinero de una campaña
- Cuándo se cobra: el calendario del dinero
- Quién se queda sin subvención, y la declaración que se pide desde octubre
- Cuánto suma todo
- Preguntas frecuentes
Lo que paga el Estado: escaños, votos y propaganda
Las cuantías están en la ley electoral, y una orden del Ministerio de Hacienda las fija para cada convocatoria. La de estas elecciones se publicó el 8 de octubre de 2026 y establece tres pagos por los resultados:
- «Subvención de 21.167,64 euros por cada escaño obtenido en el Congreso de los Diputados o en el Senado».
- «Subvención de 0,81 euros por cada uno de los votos obtenidos por cada candidatura al Congreso, uno de cuyos miembros, al menos, hubiera obtenido escaño de Diputado».
- «Subvención de 0,32 euros por cada uno de los votos obtenidos por cada candidato que hubiera obtenido escaño de Senador».
A eso se añade un cuarto pago, por enviar a casa de los electores sobres, papeletas y propaganda: 0,26 € por elector, con condiciones que se explican más abajo.
| Por qué se paga | Cuánto | Quién lo cobra |
|---|---|---|
| Cada escaño | 21.167,64 € | La candidatura que lo consigue, en el Congreso o en el Senado |
| Cada voto al Congreso | 0,81 € | La candidatura, si logra algún diputado en esa provincia |
| Cada voto al Senado | 0,32 € | La candidatura del senador elegido, por los votos que recibió |
| Envío de propaganda | 0,26 € por elector | La candidatura que logra grupo parlamentario propio |
Tu voto solo cuenta si la candidatura logra escaño
La condición está en la propia regla: los 0,81 € se pagan por los votos de una candidatura al Congreso «uno de cuyos miembros, al menos, hubiera obtenido escaño de Diputado». Como al Congreso se vota por provincias, la cuenta se hace provincia a provincia: una candidatura cobra por sus votos donde saca diputado y no cobra por los de las provincias donde se queda sin ninguno.
Un ejemplo. Una candidatura con 100.000 votos y un diputado en una provincia recibiría 21.167,64 € por el escaño y 81.000 € por los votos: 102.167,64 €. Con los mismos 100.000 votos y ningún diputado, no recibiría nada.
En 2023, 1.930.424 votos al Congreso, el 7,9 % de los que fueron a candidaturas, se dieron a listas que no lograron diputado en su provincia. Donde más pesaron fue en Ceuta, que elige un solo diputado: allí solo generó subvención el 39,2 % de los votos, los de la candidatura ganadora. Donde menos, en Madrid: el 98,7 % fue a candidaturas con diputado.
En el Senado ocurre lo mismo, pero candidato a candidato: solo cuentan los votos de quien sale elegido. Por eso un voto puede mover hasta 1,77 € en una provincia de la Península, donde se puede votar a tres candidatos al Senado: 0,81 € del Congreso y tres veces 0,32 €. El voto en blanco y el nulo no son votos a ninguna candidatura, y no generan subvención.
El envío de propaganda: 0,26 € por elector
Los sobres con papeletas y la propaganda que llegan al buzón se pagan aparte. La orden dice que «Se abonarán 0,26 euros por elector en cada una de las circunscripciones en las que haya presentado lista al Congreso de los Diputados y al Senado», pero con una condición exigente: «siempre que la candidatura de referencia hubiera obtenido Diputados o Senadores que logren constituirse en Grupo Parlamentario propio en una u otra Cámara, o hubiera obtenido el número de Diputados o Senadores o de votos preciso para hacerlo».
Es la única cuantía que cambia respecto a la ley, que habla de 0,18 € por elector. La orden explica que las subvenciones por escaño y por voto no se actualizan con los precios, y que la del envío se revisa con el índice de precios de los servicios postales.
Es mucho dinero: con los 38.728.356 electores de estas elecciones, una candidatura que se presente en toda España y cumpla la condición recibiría por este concepto hasta 10,1 millones de euros. Solo en Madrid, 1.439.597,38 €. Y no cuenta para el límite de gasto: «La cantidad subvencionada no estará incluida dentro del límite previsto en el apartado 2 de este artículo», siempre que se justifique que el envío se hizo.
El tope: nunca más de lo gastado
Todas estas cifras son máximos. La ley electoral lo deja claro: «En ningún caso la subvención correspondiente a cada grupo político podrá sobrepasar la cifra de gastos electorales declarados, justificados por el Tribunal de Cuentas en el ejercicio de su función fiscalizadora». Si una candidatura gasta menos de lo que le correspondería por votos y escaños, cobra lo que gastó.
Tampoco se puede gastar sin límite. El máximo de cada formación es «el que resulte de multiplicar por 0,37 euros el número de habitantes» de las provincias donde presenta candidaturas. Y solo cuentan como gastos electorales los que se hacen «desde el día de la convocatoria hasta el de la proclamación de electos» en lo que enumera la ley: sobres y papeletas, propaganda y publicidad, alquiler de locales para actos, personal contratado para la campaña, transporte y desplazamientos, correspondencia, intereses de los créditos de campaña y lo necesario para las oficinas electorales.
De dónde más puede salir el dinero de una campaña
Cada candidatura lleva sus cuentas aparte: «Toda candidatura debe tener un administrador electoral responsable de sus ingresos y gastos y de su contabilidad», y todo el dinero de la campaña pasa por cuentas bancarias abiertas para ello. Sobre lo que entra en esas cuentas, la ley pone tres límites:
- Aportaciones privadas. «Ninguna persona, física o jurídica, puede aportar más de 10.000 euros a las cuentas abiertas por un mismo partido, federación, coalición o agrupación para recaudar fondos en las elecciones convocadas». Quien aporta tiene que identificarse con su nombre, su domicilio y su documento de identidad.
- Dinero público. No pueden aportar fondos las administraciones, los organismos y las empresas públicas, ni las empresas que tienen contratos vigentes con una administración.
- Dinero extranjero. Tampoco se admiten fondos de entidades o personas extranjeras en unas elecciones generales.
Cuándo se cobra: el calendario del dinero
- Del 27 de octubre al 29 de octubre de 2026: adelantos. Las formaciones que ya recibieron subvención en las últimas elecciones generales pueden pedir un adelanto. «La cantidad adelantada no podrá exceder del 30 por ciento de la subvención percibida por el mismo partido, federación, asociación o coalición en las últimas elecciones equivalentes». Se cobra desde el 4 de noviembre de 2026.
- Después de votar: se ajusta. «Los adelantos se devolverán, después de las elecciones, en la cuantía en que superen el importe de la subvención que finalmente haya correspondido a cada partido, federación o coalición».
- Del 9 de marzo al 3 de abril de 2027: las cuentas. Quien tenga derecho a subvención presenta ante el Tribunal de Cuentas «una contabilidad detallada y documentada de sus respectivos ingresos y gastos electorales». En los 30 días siguientes, el Estado entrega como anticipo el 90 % de lo que corresponda por los resultados.
- Antes del 17 de junio de 2027: la fiscalización. El Tribunal de Cuentas se pronuncia sobre la regularidad de las cuentas. Si encuentra irregularidades, puede «proponer la no adjudicación o reducción de la subvención estatal».
- Después: el pago final. El Gobierno lleva a las Cortes un crédito extraordinario por el importe de las subvenciones, que deben pagarse en los cien días siguientes a su aprobación.
Quién se queda sin subvención, y la declaración que se pide desde octubre
No basta con sacar escaños. La ley electoral deja sin subvención a las formaciones que incurran en las conductas que permiten ilegalizar un partido, y también a otras: las subvenciones «no se devengarán a favor de dichas formaciones políticas cuando en sus órganos directivos, grupos parlamentarios o políticos, o en sus listas electorales incluyan o mantengan a personas condenadas por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo o delitos graves contra las Instituciones del Estado, en los términos previstos en la legislación penal, salvo que aquellas hubieran rechazado públicamente los fines y los medios utilizados».
Para estas elecciones hay además un trámite nuevo. Un real decreto publicado el 9 de octubre de 2026, con las elecciones ya convocadas, dispone que la tramitación de las subvenciones «quedará condicionada a la presentación de una declaración del representante general en el sentido de que la formación no incurre en los supuestos recogidos en los apartados 3 y 4 del artículo 127» de la ley electoral. La declaración «deberá acompañarse a la solicitud de adelanto o, en su defecto, será solicitada por la Administración como requisito previo a la tramitación de cualquiera de los adelantos o liquidación». Y antes de pagar, «la Administración podrá requerir la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración».
Cuánto suma todo
La parte de los escaños es fija, porque el 29 de noviembre se eligen 350 diputados y 209 senadores: 11,8 millones de euros entre todas las candidaturas que consigan alguno. La de los votos depende de cuánta gente vote y a quién. Si se repitieran los votos al Congreso de 2023, serían 18,3 millones más. Es un ejemplo con resultados pasados, no una previsión.
A eso habría que sumar los votos al Senado de los candidatos elegidos, que aquí no calculamos, y el envío de propaganda, que depende de cuántas candidaturas logren grupo parlamentario y de en cuántas provincias se presenten. Todo ello, con el tope de lo que cada una gaste y justifique.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dinero recibe un partido por cada voto?
En las elecciones del 29 de noviembre de 2026, 0,81 € por cada voto al Congreso, pero solo en las provincias donde su candidatura logre al menos un diputado. En el Senado, 0,32 € por cada voto que reciba un candidato que salga elegido senador.
¿Y por cada escaño?
21.167,64 € por cada escaño conseguido, sea de diputado o de senador. Con los 350 diputados y los 209 senadores que se eligen, son 11,8 millones de euros en total.
¿Reciben subvención los partidos que no consiguen escaño?
No por esos votos. La subvención por voto al Congreso es solo para las candidaturas que logran algún diputado en la provincia, y la del Senado, solo por los votos de los candidatos elegidos. Una candidatura sin ningún escaño no recibe subvención electoral.
¿El voto en blanco o el nulo dan dinero a algún partido?
No. La subvención se paga por los votos que consigue cada candidatura, y el voto en blanco y el nulo no son votos a ninguna.
¿Cuánto puede gastar un partido en la campaña?
Como máximo, 0,37 € por cada habitante de las provincias donde presenta candidatura. El envío de propaganda electoral a casa queda fuera de ese límite si se justifica.
¿Puede un partido cobrar más subvención de lo que ha gastado?
No. La ley dice que la subvención nunca puede superar los gastos electorales declarados y justificados ante el Tribunal de Cuentas.
¿Cuándo cobran los partidos la subvención?
Los que ya la tuvieron en las elecciones anteriores pueden pedir un adelanto de hasta el 30 % del 27 de octubre al 29 de octubre de 2026. El resto llega tras las elecciones: entre el 9 de marzo de 2027 y el 3 de abril de 2027 presentan sus cuentas al Tribunal de Cuentas y, en los 30 días siguientes, el Estado les entrega el 90 % de lo que les corresponde.
¿Cuánto dinero puede dar una persona a la campaña de un partido?
Como máximo, 10.000 € a las cuentas electorales de un mismo partido, identificándose con su nombre, domicilio y documento de identidad.
Fuentes: Orden HAC/1062/2026, de 7 de octubre, por la que se fijan las cantidades de las subvenciones para las elecciones generales de 29 de noviembre de 2026; artículos 121, 125 a 131, 133, 134, 165, 166 y 175 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General; Real Decreto 809/2026, de 7 de octubre; nota del INE con los electores de cada circunscripción; y resultados oficiales de las elecciones de 2023, publicados por la Junta Electoral Central en el BOE. Última actualización: 11 de octubre de 2026.