Elecciones del 29 de noviembre
Calculadora de escaños: reparte los diputados de una provincia con la ley D'Hondt
El 29 de noviembre se eligen 350 diputados, provincia a provincia. Elige una circunscripción, escribe los votos de cada candidatura y la calculadora reparte los escaños como manda la ley electoral. Empieza cargada con el ejemplo que trae la propia ley.
Por Francisco Peinado RuizRevisado el Cómo comprobamos cada dato
Calculadora de escaños
Opcional. Cuentan para la barrera del 3 %.
Reparto de 8 escaños
Candidatura A
168.000 votos · 35 %
4
Candidatura B
104.000 votos · 21,67 %
2
Candidatura C
72.000 votos · 15 %
1
Candidatura D
64.000 votos · 13,33 %
1
Candidatura E
40.000 votos · 8,33 %
0
Candidatura F
32.000 votos · 6,67 %
0
Votos válidos: 480.000. Para entrar en el reparto hacen falta al menos 14.400, el 3 %.
El último escaño, el octavo, es para Candidatura A, con un cociente de 42.000. La que más cerca se queda es Candidatura E: con 2.001 votos más se lo habría llevado.
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Reparte como manda el artículo 163 de la ley electoral. No es una predicción: el resultado depende solo de los votos que escribas.
En esta página
- Cómo se reparten los escaños: la regla de la ley
- Cuántos diputados elige cada provincia el 29-N
- Qué cambia respecto a 2023
- Cómo se decide cuántos diputados tiene cada provincia
- La barrera del 3 % y los votos en blanco
- Qué pasa si hay empate
- Ceuta y Melilla: un diputado cada una
- El Senado se elige de otra forma
- Preguntas frecuentes
Cómo se reparten los escaños: la regla de la ley
El reparto está en el artículo 163 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, y tiene tres pasos. La ley no usa el nombre D'Hondt: describe el procedimiento sin bautizarlo.
- Se aplica la barrera. «No se tienen en cuenta aquellas candidaturas que no hubieran obtenido, al menos, el 3 por 100 de los votos válidos emitidos en la circunscripción».
- Se divide. «Se divide el número de votos obtenidos por cada candidatura por 1, 2, 3, etcétera, hasta un número igual al de escaños correspondientes a la circunscripción».
- Se adjudica. «Los escaños se atribuyen a las candidaturas que obtengan los cocientes mayores en el cuadro, atendiendo a un orden decreciente».
El ejemplo de la ley, paso a paso
El propio artículo trae un caso: 480.000 votos válidos en una circunscripción que elige 8 diputados, repartidos entre 6 candidaturas. Este es su cuadro de cocientes, calculado con el mismo motor que la calculadora. En negrita, los 8 más altos.
| Candidatura | ÷1 | ÷2 | ÷3 | ÷4 | ÷5 | ÷6 | ÷7 | ÷8 | Escaños |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| A | 168.000 | 84.000 | 56.000 | 42.000 | 33.600 | 28.000 | 24.000 | 21.000 | 4 |
| B | 104.000 | 52.000 | 34.666 | 26.000 | 20.800 | 17.333 | 14.857 | 13.000 | 2 |
| C | 72.000 | 36.000 | 24.000 | 18.000 | 14.400 | 12.000 | 10.285 | 9.000 | 1 |
| D | 64.000 | 32.000 | 21.333 | 16.000 | 12.800 | 10.666 | 9.142 | 8.000 | 1 |
| E | 40.000 | 20.000 | 13.333 | 10.000 | 8.000 | 6.666 | 5.714 | 5.000 | 0 |
| F | 32.000 | 16.000 | 10.666 | 8.000 | 6.400 | 5.333 | 4.571 | 4.000 | 0 |
El resultado es el que da la ley: «la candidatura A obtiene cuatro escaños. La candidatura B dos escaños y las candidaturas C y D un escaño cada una». El último escaño se adjudica con un cociente de 42.000: a la candidatura E, con 40.000 votos, le habrían bastado 2.001 más para llevárselo.
Dentro de cada candidatura no hay nada que repartir: los escaños «se adjudican a los candidatos incluidos en ella, por el orden de colocación en que aparezcan».
Cuántos diputados elige cada provincia el 29-N
El número de diputados de cada circunscripción lo fija el decreto de convocatoria. Para estas elecciones es el anexo del Real Decreto 806/2026. La que más elige es Madrid, con 38; la que menos, Soria, con 2. 27 de las 50 provincias eligen cinco diputados o menos.
| Circunscripción | Diputados | Un escaño seguro con más del |
|---|---|---|
| Madrid | 38 | 3 % |
| Barcelona | 32 | 3,03 % |
| Valencia/València | 16 | 5,88 % |
| Alicante/Alacant | 12 | 7,69 % |
| Sevilla | 12 | 7,69 % |
| Málaga | 11 | 8,33 % |
| Murcia | 10 | 9,09 % |
| A Coruña | 8 | 11,11 % |
| Bizkaia | 8 | 11,11 % |
| Cádiz | 8 | 11,11 % |
| Illes Balears | 8 | 11,11 % |
| Las Palmas | 8 | 11,11 % |
| Asturias | 7 | 12,5 % |
| Granada | 7 | 12,5 % |
| Pontevedra | 7 | 12,5 % |
| Santa Cruz de Tenerife | 7 | 12,5 % |
| Zaragoza | 7 | 12,5 % |
| Almería | 6 | 14,29 % |
| Córdoba | 6 | 14,29 % |
| Gipuzkoa | 6 | 14,29 % |
| Girona | 6 | 14,29 % |
| Tarragona | 6 | 14,29 % |
| Toledo | 6 | 14,29 % |
| Badajoz | 5 | 16,67 % |
| Cantabria | 5 | 16,67 % |
| Castellón/Castelló | 5 | 16,67 % |
| Ciudad Real | 5 | 16,67 % |
| Huelva | 5 | 16,67 % |
| Jaén | 5 | 16,67 % |
| Navarra | 5 | 16,67 % |
| Valladolid | 5 | 16,67 % |
| Albacete | 4 | 20 % |
| Araba/Álava | 4 | 20 % |
| Burgos | 4 | 20 % |
| Cáceres | 4 | 20 % |
| La Rioja | 4 | 20 % |
| León | 4 | 20 % |
| Lleida | 4 | 20 % |
| Lugo | 4 | 20 % |
| Ourense | 4 | 20 % |
| Salamanca | 4 | 20 % |
| Ávila | 3 | 25 % |
| Cuenca | 3 | 25 % |
| Guadalajara | 3 | 25 % |
| Huesca | 3 | 25 % |
| Palencia | 3 | 25 % |
| Segovia | 3 | 25 % |
| Teruel | 3 | 25 % |
| Zamora | 3 | 25 % |
| Soria | 2 | 33,33 % |
| Ceuta | 1 | Gana quien tiene más votos |
| Melilla | 1 | Gana quien tiene más votos |
La última columna no está en la ley: es una consecuencia de la fórmula. En una provincia con n escaños, la candidatura que supera 1/(n+1) de los votos se lleva al menos uno, se repartan como se repartan los demás. Por debajo de ese porcentaje puede conseguirlo o no: depende de cómo se dividan los votos de las otras. Donde la cuenta queda por debajo del 3 %, como en Madrid, lo que manda es la barrera.
Provincias por número de diputados
- 38 diputados: Madrid.
- 32 diputados: Barcelona.
- 16 diputados: Valencia/València.
- 12 diputados: Alicante/Alacant y Sevilla.
- 11 diputados: Málaga.
- 10 diputados: Murcia.
- 8 diputados: A Coruña, Bizkaia, Cádiz, Illes Balears y Las Palmas.
- 7 diputados: Asturias, Granada, Pontevedra, Santa Cruz de Tenerife y Zaragoza.
- 6 diputados: Almería, Córdoba, Gipuzkoa, Girona, Tarragona y Toledo.
- 5 diputados: Badajoz, Cantabria, Castellón/Castelló, Ciudad Real, Huelva, Jaén, Navarra y Valladolid.
- 4 diputados: Albacete, Araba/Álava, Burgos, Cáceres, La Rioja, León, Lleida, Lugo, Ourense y Salamanca.
- 3 diputados: Ávila, Cuenca, Guadalajara, Huesca, Palencia, Segovia, Teruel y Zamora.
- 2 diputados: Soria.
- 1 diputado: Ceuta y Melilla.
Qué cambia respecto a 2023
El reparto de diputados entre provincias se rehace en cada convocatoria con la población del momento. Respecto a las elecciones del 23 de julio de 2023, cambia en dos circunscripciones:
- Madrid: de 37 a 38 diputados. Con los mismos votos que en 2023, el escaño de más habría sido para PSOE.
- Cádiz: de 9 a 8 diputados. Con los mismos votos que en 2023, el escaño que desaparece es uno de PP.
Esa cuenta no es una previsión: es el reparto de la ley aplicado a los votos de entonces con los escaños de ahora. Puedes repetirla en la calculadora: elige la circunscripción y pulsa Cargar los votos de 2023. Los votos son los que publicó la Junta Electoral Central en el BOE; con ellos, la calculadora da en las 52 circunscripciones los mismos escaños que se proclamaron.
Cómo se decide cuántos diputados tiene cada provincia
«El Congreso está formado por trescientos cincuenta Diputados», y el artículo 162 los reparte en dos tandas:
- Un mínimo fijo. «A cada provincia le corresponde un mínimo inicial de dos Diputados. Las poblaciones de Ceuta y Melilla están representadas cada una de ellas por un Diputado». Son 102 escaños que no dependen de la población.
- El resto, por población. «Los doscientos cuarenta y ocho Diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población». Se divide la población total entre 248 para obtener una cuota, cada provincia recibe tantos como veces quepa la cuota en su población, y los que sobran van a las provincias con «una fracción decimal mayor».
La barrera del 3 % y los votos en blanco
La barrera se calcula sobre los «votos válidos emitidos en la circunscripción», no sobre los votos a candidaturas ni sobre el total de España. Y los votos válidos incluyen los blancos: «Se considera voto en blanco, pero válido, el sobre que no contenga papeleta». Por eso un voto en blanco sube un poco el listón para entrar en el reparto, aunque luego no dé escaños a nadie.
Los nulos no cuentan para nada. Es nulo, entre otros casos, «el voto emitido en sobre o papeleta diferente del modelo oficial», o el de un sobre con papeletas de candidaturas distintas.
Cuánto habría que votar en blanco para mover un escaño, con los resultados reales de 2023 en cada provincia, está en voto en blanco, voto nulo y abstención.
Qué pasa si hay empate
«Cuando en la relación de cocientes coincidan dos correspondientes a distintas candidaturas, el escaño se atribuirá a la que mayor número total de votos hubiese obtenido. Si hubiera dos candidaturas con igual número total de votos, el primer empate se resolverá por sorteo y los sucesivos de forma alternativa».
Ceuta y Melilla: un diputado cada una
Con un solo escaño no hay nada que dividir: «En las circunscripciones de Ceuta y Melilla será proclamado electo el candidato que mayor número de votos hubiese obtenido».
El Senado se elige de otra forma
La calculadora vale para el Congreso. En el Senado no hay listas cerradas ni cocientes: «En cada circunscripción provincial se eligen cuatro Senadores», y cada elector puede votar «a un máximo de tres candidatos». Salen elegidos los más votados: «Serán proclamados electos aquellos candidatos que obtengan mayor número de votos hasta complementar el de Senadores asignados a la circunscripción».
En las islas y en Ceuta y Melilla los números cambian: se eligen «tres en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife; uno en Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma», y dos en cada una de las dos ciudades autónomas.
Preguntas frecuentes
¿Cómo funciona la ley D'Hondt?
Se dividen los votos de cada candidatura por 1, 2, 3 y así hasta el número de escaños de la circunscripción. Los escaños van a los cocientes más altos. Antes se descartan las candidaturas que no llegan al 3 % de los votos válidos de esa circunscripción.
¿Cuántos votos cuesta un escaño?
No hay un precio fijo. Depende de cuántos escaños reparte la provincia y de cómo se distribuyen los votos entre las candidaturas: el último escaño se lo lleva el cociente más alto que quede. La calculadora te dice cuántos votos le faltaron a la candidatura que se quedó más cerca.
¿Cuántos diputados se eligen en las elecciones generales?
350, repartidos en 52 circunscripciones: las 50 provincias, Ceuta y Melilla. El 29 de noviembre de 2026, Madrid elige 38, Barcelona 32 y Soria, 2.
¿Se suman los votos de toda España para repartir los escaños?
No. Cada provincia es una circunscripción y reparte sus escaños solo con los votos emitidos en ella. Los votos que no dan escaño en una provincia no se trasladan a otra ni se suman en un reparto nacional.
¿A quién benefician los votos en blanco?
El voto en blanco es un voto válido, así que cuenta para calcular la barrera del 3 %: cuantos más votos en blanco hay, más votos necesita una candidatura para entrar en el reparto. Después no interviene: los escaños se reparten solo con los votos a candidaturas.
¿Los votos nulos cuentan para el reparto?
No. El voto nulo no es un voto válido: no cuenta para la barrera ni para el reparto de escaños.
¿Puedo calcular el reparto con los resultados de 2023?
Sí. Elige una circunscripción y pulsa el botón de cargar los votos de 2023: la calculadora rellena los votos de cada candidatura y los votos en blanco con los resultados oficiales del 23 de julio de 2023, y a partir de ahí puedes cambiar cualquier cifra. Ten en cuenta que Madrid pasa de 37 a 38 diputados y Cádiz pasa de 9 a 8 diputados.
¿Puedo elegir a qué candidato de la lista voto para el Congreso?
No. Los escaños de cada candidatura se adjudican a sus candidatos por el orden en que aparecen en la lista. En el Senado es distinto: se vota a candidatos concretos.
¿Qué pasa si dos candidaturas empatan por el último escaño?
Si coinciden dos cocientes, el escaño es para la candidatura con más votos en total. Si además tienen los mismos votos, el primer empate se resuelve por sorteo y los siguientes, de forma alternativa.
Fuentes: Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (artículos 96 y 161 a 166); anexo del Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones; y, para los votos de 2023, Resolución de la Junta Electoral Central de 30 de agosto de 2023 (BOE-A-2023-18907). Última actualización: 10 de octubre de 2026.