Elecciones del 29 de noviembre
Encuestas del 29-N: hasta cuándo se publican y cuánto se pueden equivocar
Del 24 al 28 de noviembre ningún medio puede publicar encuestas. Antes, cada una tiene que llevar su ficha técnica, con el tamaño de la muestra y el margen de error. Aquí está lo que dice la ley y una calculadora: con la muestra y el porcentaje, cuánto se puede equivocar una encuesta y si dos partidos están en empate técnico.
Por Francisco Peinado RuizRevisado el Cómo comprobamos cada dato
¿Cuánto se puede equivocar una encuesta?
Está en la ficha técnica, como «tamaño de la muestra».
Margen de error
± 2,8 puntos
En una encuesta de 1.000 personas, un 30 % puede estar entre el 27,2 % y el 32,8 %. Es lo que se puede desviar solo por haber preguntado a 1.000 personas y no a todos los electores.
¿Va uno por delante?
No se puede decir. La distancia, 3 puntos, cabe en el margen de la diferencia, que es de 4,7 puntos: es lo que se suele llamar empate técnico.
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Es la cuenta del muestreo aleatorio simple. Las encuestas reales ponderan las respuestas y estiman el voto, y tienen errores que esta cuenta no mide: quién no contesta, quién no dice la verdad, quién decide a última hora. Esta web no publica encuestas. Lo que escribes no se envía ni se guarda.
En esta página
La prohibición de los cinco últimos días
La ley electoral fija un régimen para las encuestas desde la convocatoria hasta el día de la votación, y lo cierra con esta regla: «Durante los cinco días anteriores al de la votación queda prohibida la publicación y difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación.»
Para el 29 de noviembre, esos cinco días van del martes 24 de noviembre al sábado 28 de noviembre. Coinciden con el final de la campaña, que acaba el viernes 27 de noviembre, y con la jornada de reflexión. Esta web no publica encuestas ni antes ni durante esos días.
Qué tiene que llevar una encuesta publicada
Desde la convocatoria, quien hace una encuesta tiene que acompañarla, «bajo su responsabilidad», de unos datos que también tiene que incluir cualquier medio que la publique. Son estos (artículo 69.1):
- Quién la ha hecho y quién la ha encargado, con su domicilio.
- Sus características técnicas: «sistema de muestreo, tamaño de la muestra, margen de error de la misma, nivel de representatividad, procedimiento de selección de los encuestados y fecha de realización del trabajo de campo».
- «Texto íntegro de las cuestiones planteadas y número de personas que no han contestado a cada una de ellas.»
Es lo que se suele llamar ficha técnica. Con el tamaño de la muestra se puede comprobar el margen de error que declara: para eso está la calculadora de arriba.
Quién vigila las encuestas
La Junta Electoral Central. La ley le encarga velar por que los sondeos publicados no tengan «falsificaciones, ocultaciones o modificaciones deliberadas», por que lleven sus datos técnicos y por que se respete la prohibición de los últimos cinco días. Puede pedir a quien hizo la encuesta información técnica complementaria, y el medio que haya publicado un sondeo que incumpla la ley tiene que publicar la rectificación que le exija la Junta en el plazo de tres días, en el mismo espacio. Sus decisiones se pueden recurrir ante los tribunales de lo contencioso-administrativo.
Y hay multa: «Las infracciones de lo dispuesto en esta Ley sobre régimen de encuestas electorales serán sancionadas con multa de 3.000 a 30.000 de euros» (artículo 153.2). Qué se puede hacer y qué no la víspera de votar está en la jornada de reflexión.
Las encuestas del CIS y de otros organismos públicos
La ley añade una regla para las encuestas de intención de voto que hacen los organismos públicos en periodo electoral: sus resultados se dan, si lo piden, a los partidos que se presentan, en cuarenta y ocho horas (artículo 69.8). La Junta Electoral Central lo desarrolló en su Instrucción 1/2024, que nombra al Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), al Centre d'Estudis d'Opinió de Cataluña y al Centro de Estudios Andaluces:
- Antes de empezar, el organismo tiene que comunicar la encuesta a la Junta, al menos cuarenta y ocho horas antes del trabajo de campo, con sus características técnicas y el cuestionario.
- La obligación alcanza también a los estudios que solo preguntan por la valoración de partidos o de líderes.
- La Junta lo traslada a los partidos, que pueden pedir los resultados; el organismo se los da en cuarenta y ocho horas desde que los tiene.
- Si se dan resultados provisionales, son confidenciales, y la prohibición de los cinco últimos días alcanza también a los finales.
Cómo se calcula el margen de error
Una encuesta pregunta a unos cientos o unos miles de personas para estimar lo que piensan millones. Aunque esas personas se eligieran perfectamente al azar, el resultado se desviaría un poco del real solo por el azar de a quién le ha tocado. El margen de error mide ese desvío: con un nivel de confianza del 95 %, el dato real está dentro del margen en 95 de cada 100 muestras posibles.
La cuenta, para un porcentaje p y n entrevistas, es z · √(p · (1 − p) / n), con z = 1,96 para el 95 % y z = 2 para el 95,5 %. El margen es mayor cuanto más cerca está el porcentaje del 50 %, y baja con la raíz cuadrada de la muestra: para reducirlo a la mitad hay que preguntar a cuatro veces más gente.
| Personas encuestadas | Un 50 %, al 95 % | Un 50 %, al 95,5 % | Un 10 %, al 95 % |
|---|---|---|---|
| 400 | ± 4,9 | ± 5 | ± 2,9 |
| 800 | ± 3,5 | ± 3,5 | ± 2,1 |
| 1.000 | ± 3,1 | ± 3,2 | ± 1,9 |
| 1.500 | ± 2,5 | ± 2,6 | ± 1,5 |
| 2.000 | ± 2,2 | ± 2,2 | ± 1,3 |
| 3.000 | ± 1,8 | ± 1,8 | ± 1,1 |
| 5.000 | ± 1,4 | ± 1,4 | ± 0,8 |
| 10.000 | ± 1 | ± 1 | ± 0,6 |
El margen de error solo mide el azar de la muestra. No mide los demás errores de una encuesta: quién no contesta, quién no dice lo que va a votar, cómo se pondera cada respuesta, cómo se estima el voto de los indecisos o quién cambia de idea en los últimos días. Por eso dos encuestas con el mismo margen pueden dar resultados distintos.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se pueden publicar encuestas antes del 29-N?
Hasta el lunes 23 de noviembre. La ley prohíbe publicar, difundir o reproducir sondeos electorales durante los cinco días anteriores a la votación: del martes 24 de noviembre al sábado 28 de noviembre, por cualquier medio de comunicación.
¿Qué margen de error tiene una encuesta de 1.000 personas?
Con un nivel de confianza del 95 %, de 3,1 puntos para un dato del 50 %, que es el caso en que el margen es mayor, y de 1,9 para uno del 10 %. Es el error que viene solo de haber preguntado a 1.000 personas y no a todos los electores; los demás errores de una encuesta no entran en esa cuenta.
¿Qué es un empate técnico?
Cuando la distancia entre dos partidos de la misma encuesta es menor que el margen de error de esa diferencia, la encuesta no permite decir cuál va por delante. El margen de la diferencia es mayor que el de cada porcentaje por separado, y la calculadora de esta página lo da.
¿Qué tiene que decir una encuesta publicada?
Quién la ha hecho y quién la ha encargado, el sistema de muestreo, el tamaño de la muestra, el margen de error, el nivel de representatividad, cómo se eligió a los encuestados, las fechas del trabajo de campo, las preguntas completas y cuántas personas no contestaron a cada una (artículo 69.1 de la ley electoral).
¿Puede el CIS hacer encuestas durante la campaña?
Sí, con condiciones. Según la Instrucción 1/2024 de la Junta Electoral Central, cualquier organismo público que pregunte intención de voto en periodo electoral tiene que comunicarlo a la Junta al menos cuarenta y ocho horas antes del trabajo de campo, y dar los resultados a los partidos que los pidan en cuarenta y ocho horas. La prohibición de los cinco últimos días también le alcanza.
¿Publica encuestas esta web?
No. Esta web no publica encuestas ni estimaciones de escaños. Explica lo que dice la ley de ellas y hace la cuenta del margen de error con los datos que escribas.
Fuentes: Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (artículos 69 y 153); Instrucción 1/2024, de 1 de febrero, de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 69.8; y Real Decreto 806/2026, de convocatoria. La fórmula del margen de error es la del muestreo aleatorio simple. Última actualización: 19 de octubre de 2026.