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Ayudas y prestaciones

Ingreso mínimo vital en 2026: cuánto es y calculadora

El ingreso mínimo vital garantiza en 2026 unos ingresos de 733,60 € al mes a una persona sola, y más cuantas más personas viven en casa. No se cobra una cantidad fija, sino lo que falta hasta esa cifra. Di cuántos sois y qué ingresasteis el año pasado, y verás lo que os correspondería.

Por Francisco Peinado RuizRevisado el Cómo comprobamos cada dato

¿Cuánto es el ingreso mínimo vital en 2026?

Quiénes vivís en casa

Las personas del mismo domicilio que sois familia hasta el segundo grado, pareja incluida. La edad de los menores es la que tenían el 1 de enero.

¿Alguien tiene reconocida una discapacidad del 65 % o más?

Sueldos, pensiones, prestaciones y otras rentas de todo el hogar, en el año. Si no hubo, déjalo vacío.

€

Ingreso mínimo vital

733,60 € al mes

La renta garantizada de un hogar como el tuyo es de 733,60 € al mes, 8.803,20 € al año. Sin ingresos, se cobra entera.

El patrimonio también cuenta

No hay derecho si el hogar tiene un patrimonio neto de 26.409,60 € o más, sin contar la vivienda habitual, o activos no societarios de más de 52.819,20 €.

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Es la cuenta de la Ley 19/2021 con la pensión no contributiva de 2026; las cuantías coinciden con las que publica la Seguridad Social. La prestación la reconoce la Seguridad Social, que comprueba la residencia, la convivencia, los ingresos y el patrimonio, y descuenta las pensiones que ya se cobren. Lo que escribes no se envía ni se guarda.

En esta página
  1. Cuantías del ingreso mínimo vital en 2026
  2. No es una cantidad fija: se cobra lo que falta
  3. Los dos complementos: hogar monoparental y discapacidad
  4. Complemento de ayuda para la infancia en 2026
  5. Requisitos para pedirlo
  6. El límite de patrimonio
  7. Si se cobra una pensión o se empieza a trabajar
  8. Si empiezas a trabajar: lo que no cuenta
  9. Preguntas frecuentes

Cuantías del ingreso mínimo vital en 2026

La ley no fija una cifra en euros, sino una regla. Para una persona sola, la renta garantizada «ascenderá al 100 por ciento del importe anual de las pensiones no contributivas fijadas anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, dividido por doce». En 2026 esa pensión es de 8.803,20 € al año, así que la renta garantizada es de 733,60 € al mes. Para un hogar, la cuantía «se incrementará en un 30 por ciento por miembro adicional a partir del segundo hasta un máximo del 220 por ciento».

Renta garantizada por el ingreso mínimo vital en 2026, en euros al mes, según el tamaño del hogar
HogarRenta garantizadaAl añoSi es monoparental
Una persona sola733,60 €8.803,20 €—
Dos personas: un adulto y un menor, o dos adultos953,68 €11.444,16 €1.115,07 €
Tres personas1.173,76 €14.085,12 €1.335,15 €
Cuatro personas1.393,84 €16.726,08 €1.555,23 €
Cinco personas o más1.613,92 €19.367,04 €1.775,31 €

Son las mismas cifras que publica la Seguridad Social, que resume la de una persona sola así: «En 2026 son 733,6 euros».

No es una cantidad fija: se cobra lo que falta

La renta garantizada no es lo que se cobra, sino el nivel de ingresos que la prestación asegura. La cuantía mensual «vendrá determinada por la diferencia entre la cuantía de la renta garantizada, según lo establecido en el apartado siguiente, y el conjunto de todas las rentas e ingresos de la persona beneficiaria o de los miembros que componen esa unidad de convivencia del ejercicio anterior», y solo se paga «siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales».

Un ejemplo: una pareja con un hijo de 2 años y otro de 8, que ingresó 12.000 € el año pasado. Su renta garantizada es de 1.393,84 € al mes y sus ingresos, de 1.000 € al mes de media: el ingreso mínimo vital sería de 393,84 € al mes. Con el complemento de ayuda para la infancia, 172,50 € más: 566,34 € en total.

Los dos complementos: hogar monoparental y discapacidad

  • Monoparentalidad. Se suma «un complemento de monoparentalidad equivalente a un 22 por ciento de la cuantía establecida en la letra a)», la de una persona sola: 161,39 € al mes. La ley entiende por unidad monoparental «la constituida por un solo adulto que conviva con uno o más descendientes hasta el segundo grado menores de edad sobre los que tenga la guarda y custodia exclusiva». Una madre sola con un hijo de 4 años y sin ingresos tendría 1.115,07 € al mes, más 80,50 € del complemento de ayuda para la infancia.
  • Discapacidad. Otro 22 % cuando en el hogar hay «alguna persona con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al sesenta y cinco por ciento». Para una persona sola, la renta garantizada sube a 894,99 € al mes.

Complemento de ayuda para la infancia en 2026

Los hogares con menores tienen un complemento por cada uno de ellos, «en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio». Estas son las cuantías que informa la Seguridad Social: «Menores de tres años: 115 euros», «Mayores de tres años y menores de seis años: 80,50 euros» y «Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros», al mes. Son un 15 % más altas que las que figuran en el artículo 13 de la ley (100, 70 y 50 euros).

Lo importante es que llega a muchos más hogares que el ingreso mínimo vital. Basta con que los ingresos del año anterior «sean inferiores al 300% de los umbrales del anexo I y el patrimonio neto sea inferior al 150% de los límites fijados en el anexo II». La pareja del ejemplo, con dos hijos, lo cobraría con ingresos de hasta 50.178,24 € al año: si ingresara 30.000 €, no tendría ingreso mínimo vital, pero sí 172,50 € al mes de complemento.

Ingresos anuales por debajo de los cuales se puede cobrar el complemento de ayuda para la infancia en 2026
HogarIngresos del año anterior, hasta
Dos personas: un adulto y un menor, o dos adultos34.332,48 €
Tres personas42.255,36 €
Cuatro personas50.178,24 €
Cinco personas o más58.101,12 €

Requisitos para pedirlo

  • Residencia. «Tener residencia legal y efectiva en España y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud». No se exige ese año a los menores que se incorporan al hogar ni a las víctimas de violencia de género o de trata.
  • Edad. Quien vive solo tiene que tener 23 años: pueden pedirlo «Las personas de al menos veintitrés años que no se integren en una unidad de convivencia». Hay excepciones para las víctimas de violencia de género o de trata y para algunos jóvenes de 18 a 22 años. En un hogar con hijos basta con ser mayor de edad.
  • Vivir de forma independiente. Los menores de 30 años que viven solos «deberán acreditar haber vivido de forma independiente en España, durante al menos los dos años inmediatamente anteriores a la indicada fecha»; a partir de esa edad basta un año con un domicilio distinto del de los padres.
  • Convivencia estable. El hogar, que la ley llama unidad de convivencia, es «la constituida por todas las personas que residan en un mismo domicilio y que estén unidas entre sí por vínculo matrimonial, como pareja de hecho o por vínculo hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad, adopción». Tiene que existir «durante al menos los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, de forma continuada».
  • Vulnerabilidad económica. Ingresos por debajo de la renta garantizada y patrimonio por debajo de los límites que siguen.

El límite de patrimonio

Aunque no haya ingresos, no hay derecho con cierto patrimonio. Una persona sola lo pierde si su patrimonio neto está valorado «en un importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el ingreso mínimo vital para una persona beneficiaria individual»: 26.409,60 € en 2026. La vivienda habitual no cuenta. Hay además un segundo filtro, el de los activos no societarios, con un límite del doble.

Límites de patrimonio para el ingreso mínimo vital en 2026, sin contar la vivienda habitual
HogarPatrimonio neto, menos deActivos no societarios, hasta
Una persona sola26.409,60 €52.819,20 €
Dos personas: un adulto y un menor, o dos adultos36.973,44 €73.946,88 €
Tres personas47.537,28 €95.074,56 €
Cuatro personas58.101,12 €116.202,24 €
Cinco personas o más68.664,96 €137.329,92 €

Si se cobra una pensión o se empieza a trabajar

Cuando alguien del hogar cobra una pensión de la Seguridad Social, o el subsidio de mayores de 52 años, por debajo de la renta garantizada, «el importe mensual de esta prestación no podrá ser superior a la diferencia entre la referida cuantía mensual de la renta garantizada y el importe mensual de la pensión o de la suma de las pensiones». Si la pensión la iguala o la supera, no hay derecho. Las cuantías de esas pensiones están en pensión mínima y no contributiva, y quien tiene 65 años o una discapacidad del 65 % puede mirar también la pensión no contributiva.

Quien se queda sin ingresos a mitad de año no tiene que esperar al siguiente: cuando la vulnerabilidad es sobrevenida, «se podrá solicitar desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre del año en curso», y entonces cuentan los ingresos de lo que va de año, siempre que el año anterior no se superaran ciertos límites de renta y patrimonio.

Si empiezas a trabajar: lo que no cuenta

Trabajar no obliga a renunciar: «la percepción del ingreso mínimo vital será compatible con las rentas del trabajo o la actividad económica por cuenta propia». Los detalles están en un reglamento, que se cambió en marzo de 2026 para dejarlo en dos reglas. La primera: si los ingresos del trabajo suben poco, la subida no cuenta. Cuando el incremento sea «inferior o igual a 6.000 euros, se excluirá del cómputo de rentas para el cálculo del ingreso mínimo vital el 100 % de este incremento». La segunda: si suben más, se excluyen «6.000 euros más el 50 % de la cuantía del incremento de rentas que supere los 6.000 euros». En los hogares con complemento de discapacidad o de monoparentalidad, ese porcentaje «será del 55 %».

Qué parte de una subida de ingresos del trabajo no cuenta al revisar el ingreso mínimo vital
Los ingresos del trabajo suben en el añoNo cuentanCon complemento de discapacidad o monoparentalidad
3.000 €3.000 €3.000 €
6.000 €6.000 €6.000 €
10.000 €8.000 €8.200 €
15.000 €10.500 €10.950 €

La subida se mide de un año para otro, sumando los sueldos y los rendimientos de autónomo de todas las personas del hogar. No hay que pedir nada: la Seguridad Social «aplicará de oficio la exención» en la revisión anual de la prestación, con los datos de Hacienda. Hace falta haber cobrado el ingreso mínimo vital el año anterior y seguir teniendo derecho a él el 1 de enero. La calculadora de arriba no aplica esta exención: resta los ingresos tal como se escriben.

Otras cifras que se usan para medir ayudas: el IPREM y el salario mínimo. Y si se ha perdido el empleo, la calculadora del paro y del subsidio. Quien cobra el ingreso mínimo vital tiene derecho, además, al bono social de la luz, y no paga por los medicamentos con receta (copago farmacéutico). El complemento de ayuda para la infancia, en cambio, no se suma a la deducción por maternidad del mismo hijo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el ingreso mínimo vital en 2026?

Garantiza 733,60 € al mes a una persona sola y hasta 1.613,92 € a un hogar de cinco personas o más (1.775,31 € si es monoparental). No es una cantidad fija: se cobra la diferencia entre esa renta garantizada y los ingresos del hogar.

¿Con qué ingresos se puede cobrar el ingreso mínimo vital?

Cuando los ingresos del hogar en el año anterior, repartidos entre doce meses, quedan al menos 10 € por debajo de la renta garantizada. Una persona sola tiene derecho con ingresos de hasta 8.683,20 € al año.

¿Cuánto es el complemento de ayuda para la infancia en 2026?

115 € al mes por cada menor de 3 años, 80,50 € por cada uno de 3 a 5 y 57,50 € por cada uno de 6 a 17. Pueden cobrarlo hogares con ingresos de hasta el 300 % de su renta garantizada, aunque no cobren el ingreso mínimo vital.

¿Qué edad hay que tener para pedir el ingreso mínimo vital?

23 años, con excepciones: basta ser mayor de edad si se tienen hijos a cargo, y tampoco se exige esa edad a las víctimas de violencia de género o de trata ni a quienes vienen de centros de protección de menores.

¿Cuánto patrimonio se puede tener?

Una persona sola pierde el derecho con un patrimonio neto de 26.409,60 € o más, sin contar la vivienda habitual. El límite sube con el tamaño del hogar hasta 68.664,96 €.

¿Se puede cobrar el ingreso mínimo vital trabajando?

Sí. La ley lo declara compatible con las rentas del trabajo, y un reglamento deja fuera de la cuenta parte de lo que se gana: si los ingresos del trabajo suben hasta 6.000 € en el año, esa subida no cuenta al revisar la prestación; de lo que pase de ahí, cuenta la mitad.

¿Es compatible con una pensión?

Con límites. Si alguien del hogar cobra una pensión o el subsidio de mayores de 52 años por debajo de la renta garantizada, el ingreso mínimo vital no puede pasar de la diferencia. Si la pensión iguala o supera la renta garantizada, no hay derecho.

¿El ingreso mínimo vital tributa en la renta?

La ley del IRPF lo declara exento, junto con las rentas mínimas de las comunidades autónomas y otras ayudas sociales, pero con un tope común: «hasta un importe máximo anual conjunto de 1,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples». Lo que cobres por encima de ese tope, sumando todas esas ayudas, no está exento.

¿Cuánto tiempo hay que llevar viviendo en España?

Un año de residencia legal y efectiva, continuada, justo antes de pedirlo. No se exige a los menores que se incorporan al hogar ni a las víctimas de violencia de género o de trata.

Fuentes: artículos 4, 5, 6, 10, 11 y 13 y anexos I a III de la Ley 19/2021, por la que se establece el ingreso mínimo vital; cuantías de 2026 y complemento de ayuda para la infancia según la Seguridad Social; y pensión no contributiva del Real Decreto-ley 3/2026; y artículos 2 y 5 y anexo III del Real Decreto 789/2022, de 27 de septiembre, en la redacción del Real Decreto 240/2026. Última actualización: 21 de octubre de 2026.